Como abogados matrimonialistas en Oviedo en ocasiones también nos encargamos del asesoramiento en la preparación de los testamentos familiares. En determinadas ocasiones, hay personas que se plantean desheredar a alguno de los herederos forzosos, pero eso no es tan fácil, y en esta entrada te lo vamos a explicar.
El Código Civil establece que cualquier herencia se tiene que dividir en tres tercios. El primero es el de legítima estricta (un tercio de los bienes que se debe repartir a partes iguales entre los hijos). El segundo es el tercio de mejora (se trata de una fracción destinada a hijos y a nietos, pero que no es obligatorio dividirlo en partes iguales ni repartirlo entre todos). El último es el de libre disposición (un tercio para que la persona lo otorgue a quien prefiera).
Dicho esto, en la ley se establecen unos casos claros para poder desheredar:
-Los padres que abandonaren, prostituyeren o corrompieren a sus hijos.
-Quien haya sido condenado por haber atentado contra la vida del testador, su cónyuge, descendientes o ascendientes.
-Quien haya acusado al testador de delito, al que la ley señale pena no inferior a presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
-El heredero mayor de edad que, sabiendo de la muerte violenta del testador, no la denuncie en un mes a la justicia.
-El que obliga al testador a hacer testamento o cambiarlo.
-Quien impide hacer testamento, revocar el ya hecho, suplante, oculte o altere otro posterior.
-Quienes no presten la atención debida a una persona con discapacidad según lo expuesto en el Código Civil.
Por tanto, el hecho de desheredar resulta muy complicado y lo recomendable es acudir a especialistas como nuestros abogados matrimonialistas en Oviedo.
El equipo de Lydida García, Abogada te podemos ayudar en los casos más complicados.