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Posibles titulares de la guardia y custodia de los hijos
24 de Junio de 2015

A los abogados de divorcios en Oviedo les toca enfrentarse a los problemas que surgen cuando los padres se separan y deben decidir quién va a ejercer la guardia y custodia de los hijos. Lo ideal sería que se tuvieran en cuenta las necesidades de los menores, permitiendo a éstos tener relación con ambos padres, pero a veces uno de los progenitores quiere la custodia en exclusiva, y la cuestión acaba con pelea en los tribunales.

Mientras que la patria potestad alude a la representación general de los hijos y la suelen mantener ambos progenitores, la guarda y custodia se centra en la convivencia habitual con los niños, y la puede asumir uno de los progenitores o compartirla ambos. En el caso de que el menor sea lactante, recaerá siempre en la madre.

Los abogados de divorcios en Oviedo especifican que quien obtenga la custodia tomará las decisiones que competen a la convivencia diaria de los pequeños, teniendo el otro cónyuge derecho de visitas. El juez, antes de acordar la custodia compartida, deberá pedir un informe del Ministerio Fiscal, valorar la relación que mantienen los padres y oír la opinión de los menores.

La custodia también puede recaer en una tercera persona, algo que se da en situaciones excepcionales, suele ser provisional y está vinculada a la incapacidad de ambos progenitores para cuidar de los menores. Pueden ser titulares los abuelos, tíos, hermanos o allegados que tengan una especial vinculación con los pequeños, así como instituciones públicas competentes en la protección de menores. Esto no implica automáticamente la privación de la patria potestad a los progenitores.

En el despacho de Lydia García, Abogada, somos especialistas en derecho de familia y derecho civil. 

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