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¿En qué consiste la omisión de socorro tras un accidente?
22 de Noviembre de 2019

Si suelen acaparar tu atención los temas del ámbito de los abogados para accidentes en Oviedo, seguro que el que se trata en este artículo te interesa.

Los especialistas en el mundo de los abogados para accidentes en Oviedo tienen claro que la omisión de socorro es un elemento que puede aparecer en ellos.

Sin duda, la concurrencia de esta incidencia hace doblemente desagradable para la víctima el padecimiento de un accidente de tráfico. La omisión de socorro, aparte de un delito, es un comportamiento insolidario y antisocial, tanto si la comete quien ha provocado el accidente u otra persona que se haya cruzado con él.

En este sentido, es importante remitirse a los artículos 195 y 196 del Código Penal para dilucidar en qué casos se lleva a cabo una omisión del deber de socorro ante un accidente. Es el primero de estos dos artículos el que contiene las informaciones esenciales para interpretar, en cada caso, cuándo se está produciendo este delito.

A grandes rasgos, el primer apartado del citado artículo 195 se refiere a que incurrirán en dicho delito quienes no socorran a las personas que se encuentren desamparadas y en peligros graves y manifiestos. Si, en estas circunstancias, no se puede prestar auxilio, habría que solicitarlo. Las sanciones que se imponen en estos supuestos oscilan entre tres meses y un año de prisión.

En cuanto al artículo 196, se refiere a los profesionales de la asistencia sanitaria, por lo que las penas que se establecen para ellos son más duras que las anteriores e incluyen la inhabilitación en sus trabajos. El delito de fuga, tipificado tras la reforma del Código Penal de 2019, tiene aplicación subsidiaria respecto al de omisión de socorro.

En Lydia García, Abogada estamos en condiciones de tratar con garantías los casos de omisión de socorro que nos presentes.

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