Como abogados especialistas en alquileres en
Oviedo
queremos aprovechar esta ocasión para dar respuesta a una de las
consultas más habituales que recibimos sobre este tema en nuestro bufete: la
duración de los contratos de arrendamiento de viviendas. Si tienes una casa
alquilada o estás pensando en hacerlo, lo mejor es que te dejes asesorar por
los profesionales de nuestro despacho para redactar un contrato que cumpla con
todos los requisitos legales.
Para empezar, nuestra experiencia como abogados
especialistas en alquileres en Oviedo
nos dice que la duración de un
contrato de arrendamiento de una vivienda puede ser decidida libremente entre
el propietario y el inquilino. Ahora bien, si ese plazo acordado y recogido en
el contrato de alquiler fuese inferior a los cinco años, el propietario está
obligado por ley a prorrogar el alquiler por plazos anuales hasta que se alcance
ese periodo de cinco años, salvo que sea el inquilino quien exprese su deseo de
no renovar el contrato de esa vivienda.
Una vez cumplido el plazo de los cinco años, el propietario deja de estar
obligado a renovar el contrato y tiene todo el derecho a negarse a hacerlo
siempre y cuando avise al inquilino, al menos, con un mes de antelación a la finalización del
contrato. Si el propietario no avisa al inquilino con esa antelación, el
contrato podría seguir prorrogándose durante otros tres años más sin que el
arrendador pudiera negarse.
Pero si algo sabemos los abogados es que, en términos legales, nunca se puede
hablar de verdades absolutas por lo que, también cuando hablamos de
arrendamientos, es posible encontrar algunos supuestos y circunstancias en los
que la ley autoriza al propietario a poner fin al arrendamiento. Pero para
hablar de ellos es mejor que vengas al despacho de Lydia García, Abogada.