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5 aspectos jurídicos de las separaciones y divorcios
21 de Abril de 2014
  1. Separaciones, divorcios y nulidadesLos servicios de abogados de divorcios en Oviedo distinguimos entre los conceptos de separación y divorcio. La principal diferencia es que la separación no disuelve el vínculo matrimonial, sólo lo suspende, es decir, no permite contraer un nuevo matrimonio a los integrantes de la pareja. La sentencia de separación produce la suspensión de la vida en común, mientras que el divorcio rompe el matrimonio a partir de la fecha de la sentencia. La nulidad, sin embargo, produce la desaparición del vínculo matrimonial tanto en el pasado como en el futuro, es decir, establece que no hubo matrimonio a pesar de la apariencia formal del mismo.
  2. Divorcio amistoso y contenciosoCualquiera de los integrantes de la pareja puede interponer la demanda de divorcio transcurridos tres meses desde la unión efectiva y sin necesidad de alegar causa alguna o de tramitar una separación previa. El procedimiento amistoso no exige que haya juicio, por lo que es más económico y requiere de la presentación del convenio regulador consensuado por las partes. La demanda de divorcio contencioso es un procedimiento más largo, en el que intervienen nuestros abogados de divorcios en Oviedo, que no requiere de presentación de convenio regulador y finaliza con la sentencia del juez donde se establecerán las medidas que regirán a partir de entonces las relaciones de los cónyuges. 
  3. Convenio reguladorEntre otros trámites, en el despacho de la letrada Lydia García, abogado nos ocupamos de la redacción del convenio regulador en caso de un divorcio amistoso. Este documento recoge las medidas pactadas de mutuo acuerdo para regular las relaciones económicas y las relativas a los hijos (guarda y custodia, régimen de visitas, uso de la vivienda y ajuar familiar, pensión compensatoria, manutención de los hijos, etc). Este documento requiere de aprobación judicial para su entrada en vigor. 
  4. HijosLa ley del divorcio del año 2005 reforzó la libertad de los padres por lo que se refiere al ejercicio de la patria potestad sobre los hijos. Así, se establece que el convenio regulador puede recoger que ésta quede en manos de uno de ellos exclusivamente o de ambos de forma compartida. También el juez puede establecer una decisión a este respecto si no hubiera acuerdo. En cuanto a la guardia y custodia los padres deberán decidir si la ejerce uno de ellos o lo harán ambos conjuntamente.
  5. MediaciónUna vía para la resolución de los conflictos familiares es la mediación. En el caso de que se haya iniciado el procedimiento de divorcio y no se llegue a un acuerdo, las partes pueden solicitar al juez la intervención de un mediador imparcial y neutral, y tratar de encontrar una solución pactada a los problemas y desavenencias que hayan surgido. 

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